En la teoría del consumidor, se asume que una persona representativa tiene un ingreso nominal que puede ser de una renta, o de un sueldo, y que con este ingreso nominal adquiere los bienes y servicios necesarios para la satisfacción de sus necesidades. Se puede asumir una persona o una familia que tiene un ingreso nominal en un periodo de tiempo, que normalmente es un mes.
Si asumimos una canasta de dos bienes como hemos venido utilizando en el análisis de la utilidad, el presupuesto tendrá la siguiente función
Y = X.Px + Y.Py (1.7)
onde “I” es el ingreso nominal del consumidor, “X” e “Y” son cantidades, “Px”, es el precio nominal del bien “X”, “Py” es el precio nominal del bien, “Y”, “X.Px” es el gasto del bien “X”, y “Y. Py” es el gasto del bien “Y”
Despejando “Y” tenemos
Y = (I / Py) - (Px / Py)X (1.8)
donde (I / Py) es el ingreso real respecto al bien “Y”, (Px / Py) es el precio relativo del bien “X” respecto al bien “Y”. En el caso que no consuma ninguna cantidad del bien “X”, todo el ingreso nominal se orientará el bien “Y”, y la cantidad de estos bienes consumidos sería (I / Py).
A medida que se va consumiendo el bien “X”, el gasto se distribuirá entre el bien “Y” y el bien “X”.
De acuerdo a la Figura Nº 1.5 el área debajo de la restricción presupuestal es el conjunto factible de consumo definida por la siguiente inecuación:
X.Px + Y.Py ≤ I (1.9)
que serán todas las posibilidades de consumo que tiene el consumidor dado el precio de los bienes “X” e “Y” y el ingreso nominal “I”
Según la figura Nº 1.5, la pendiente de la restricción presupuestal es el precio relativo del bien “X” respecto al bien “Y”. Este precio relativo, denominado la Tasa Marginal de Sustitución del Mercado (TMSM) nos da la información de cuanto de un bien se puede intercambiar con otro bien, dado los precios nominales de cada uno de los bienes. Esta es una información que el consumidor recibe como señal y que le servirá para la toma de decisiones para definir el consumo óptimo. Este precio relativo o ratio de precios hace las veces de un término de intercambio de un bien respecto al otro.
La recta de la restricción presupuestal tiene dos interceptos: el primero, con el eje del bien “Y”, cuyo valor es igual al ingreso real respecto al bien “Y”, y el segundo intercepto, con el eje del bien “X”, tiene un valor igual al ingreso real respecto al bien “X”. El consumidor se ubicará en cualquiera de los puntos de la restricción presupuestal, mas no podrá hacerlo fuera de esta frontera de consumo porque no tendrá los recursos económicos.
Este modelo asume que todo el ingreso se gasta en una unidad de tiempo, por ejemplo en un mes, por tanto no contempla el ahorro ni la deuda, que corresponde al modelo del consumo intertemporal.
Autor: O. Jack Ocrospoma Huerta