El Papel de Estado en la construcción de los derechos sociales

Si bien la escuela clásica menciona que una de la funciones del estado es mantener la ley y el orden, y preservar los derechos individuales y de propiedad (Friedman ,2002), aún no queda del todo claro cómo se podría alcanzar la equidad entre individuos teniendo en cuenta las grandes disparidades en la concentración del ingreso y el acceso a las oportunidades. 



Tanzí (2000), analiza que la función redistributiva del estado ha alterado la naturaleza de su intervención en la economía porque introduce elementos puramente políticos atados a una subjetividad de la gestión gubernamental. Para el autor, los programas destinados a la redistribución del ingreso exigen cuantiosos recursos e instituciones encargadas de administrarlos, lo que además de distorsionar el funcionamiento del mercado hace ineficiente las instituciones públicas. No obstante, al desmantelar por completo la función redistributiva del estado, se le dejaría al mercado la tarea de equilibrar la distribución de la renta entre ricos y pobres, sin un hilo conductor que haga de ellas algo positivo para el conjunto de la sociedad. En esencia, al momento de que los sujetos manifiestan una cierta propensión hacia la concentración del dinero, el papel del estado consiste en asumir una posición responsable en pro de la garantía de los derechos individuales de todas las personas que lo integran, interviniendo así en la organización directa de las inversiones destinadas al gasto público social, y dotando de capital y oportunidades a aquellos que no pueden acceder, vía el mercado, a un conjunto limitado de bienes y servicios.

Para la teoría clásica, el estado debe proveer solo aquellos bienes y servicios que escapan del interés privado y que bien podrían considerarse como públicos2 no interviniendo así en los demás sectores de la economía. No obstante, cuando se habla de derechos sociales es pertinente traer a colación hasta que punto el estado debe intervenir o no para garantizar el cumplimiento universal de estos, sin distinción de clases, religiones o cualquier tipo de características en los individuos. En efecto, si viviéramos en una sociedad en la cual el portafolio de activos con los que cuentan todos los individuos es igual para cada uno, tal vez no habría necesidad de que el estado asumiera una función determinada en la redistribución del ingreso. No obstante, como ello en la práctica no se da, y los sujetos difieren en el acceso a oportunidades y otros requerimientos materiales para suplir sus necesidades (Kaztman, 2002), se requiriere de la instauración de mecanismos estatales, a partir de los cuales se supla al sujeto de aquellos bienes y servicios a los que no puede acceder por su propios medios, tanto adecuando el sistema normativo y la estructura legal para potenciar sus capacidades, como ampliando el nivel de oportunidades y el acceso a los recursos básicos como educación, salud, vivienda y trabajo.

Respecto del acceso al trabajo, podemos decir que la informalidad ocupacional inhibe al individuo de las garantías mínimas de seguridad social y protección laboral que le permitan cubrir sus necesidades básicas y proyectarse en la sociedad en la que interactúa. Por lo tanto, los puestos de trabajo generados en la economía informal no se ajustarían a los requerimientos mínimos para que sean considerados como empleos decentes3. En ese orden, desde cualquier perspectiva que se asuma para analizar el fenómeno de la informalidad ocupacional, es un hecho que esta afecta en más de un sentido la construcción de ciudadanía de los sujetos que trabajan en actividades no reguladas, dado que socava la extensión de sus derechos sociales universales, al imposibilitarles a los informales la adquisición de activos productivos y mecanismos de poder con los cuales puedan desarrollarse dignamente en la sociedad (Bayón, Roberts y Saraví, 1998).



Para entender como el individuo al ver coartado su derecho a tener un trabajo decente que le brinde protección social y estabilidad laboral ve limitados sus derechos sociales, hay que situar el espacio que le da origen a tales atributos, la ciudad,  territorio de hombres y mujeres “libres e iguales”, en el que deberían darse por lo menos dos condiciones para que el sujeto sea tratado como ciudadano del estado al cual pertenece: La primera, es la igualdad político-jurídica vinculada al estatus del individuo, que le brinda una posición en la sociedad, a partir de la cual, como dice Borja: “todas las personas que conviven en el mismo territorio y están sometidas a las mismas leyes deben tener los mismos derechos y deberes” (Borja, 2000); Y la segunda, el desarrollo y cumplimiento en la práctica de éste marco normativo que hace posible el ejercicio de las libertades vinculadas a los derechos ciudadanos: elección del trabajo y de la vivienda, acceso a la educación y a los servicios básicos, etc.

El rompimiento de uno u otro aspecto, incidiría en que el individuo, en éste caso el trabajador informal, no posea los suficientes elementos para adoptar un sentido de pertenencia con el estado en el cual habita, al ver vulnerado uno o más de sus derechos y deberes sociales, imposibilitándole hacer uso del sistema contractual para poder ejercer sus capacidades laborales y realizarse dignamente en la sociedad que interactúa.

De lo anterior se colegiría que el estado debería, cuando menos, garantizarle a todos los sujetos que lo conforman, tanto la igualdad en sus derechos y deberes, como los medios para ejercerlos. Para ello, se requiere que el sistema jurídico y administrativo ni obstaculice el desarrollo productivo de la sociedad, generando una “campana de vidrio” que separe a los pobres del resto de la economía (De Soto, 2000), ni tan poco se oriente al favorecimiento de ciertos sectores privilegiados, vía desregularización total de la economía y condonaciones tributarias a los grandes capitales (Portes, 1995). Se trataría, entonces, de un papel neutral que promueva la participación ciudadana, la solidaridad económica y la inclusión de los individuos dentro del sistema contractual formal, permitiéndoles desarrollar su potencial personal sin atentar contra sus derechos sociales. Todo ello, enfocado mediante una visión de largo plazo, cuyo fin principal sea reducir la desigualdad social vía la organización directa de las inversiones públicas hacia los sectores más desfavorecidos de la población.

En términos prácticos, se estaría proponiendo que el rol que juega el estado en la formalización de los informales y la regulación del mercado laboral, debería estar enfocado hacia una intervención indirecta en el mercado de capitales, bien sea a través de la constitución de una banca social, como lo propone Villareal (2004), que filtre los recursos públicos emanados del fisco hacia los sectores populares, o a través de la creación de cedulas de respaldo fiduciario con las cuales el estado apoye al sujeto – informal en éste caso- ante la banca privada para que le sean otorgados créditos con tasas blandas. Esto, debería acompañarse de  mecanismos de promoción y protección social en los que el estado, los sujetos y las empresas compartan el riesgo, los costos y los beneficios de instaurar un sistema de asistencia social adaptable a un mundo de cambios acelerados (Giddens, 1998). No obstante, una cosa es lo que debería hacer el estado y otra lo que se plantea en materia de política pública, por lo que entender la dinámica en el diseño de las estrategias gubernamentales, el conflicto de intereses, y los beneficios y costos que puede traer determinada política para el conjunto de individuos, es el primer paso si se desea proponer una alternativa viable en el largo plazo.



2 Un bien público es aquel que una vez que se proporciona, el proveedor no puede excluir de su usufructo a los individuos que no quieren contribuir a costearlos. Por otra parte, una vez que se han proporcionado, pueden ser consumidos por todos, de modo que resulta ineficiente para una sociedad en su conjunto excluir a algunos de su consumo (Olson 1992, Tanzi 2000)

3 “Trabajo decente es la ocupación productiva justamente remunerada y que se ejerce en condiciones de libertad, equidad, seguridad y respeto a la dignidad humana”. Incorpora dentro de sus dimensiones de análisis los derechos de protección social,  las condiciones laborales del puesto de trabajo y el acceso a la representación y al dialogo. (Levaggi, 2005)